Instructivo Presidencial que crea Comité de Ministros del Sistema Bicentenario de Formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero
Instructivo Presidencial- Creacion Comite de Ministros del Sistema Bicentenario.doc
1. Las políticas de formación de capital humano avanzado impulsadas hasta hoy han contribuido de manera importante al incremento del número de investigadores, profesionales y técnicos de calidad en nuestro país.
2. A pesar de los avances experimentados, nuestro país aún se sitúa lejos de los estándares internacionales, especialmente de los países de la OCDE, en términos del número de egresados anuales de programas de postgrado y del número de investigadores por millón de habitantes.
3. En dicho contexto, existe la necesidad de contar con técnicos superiores con altos niveles de especialización, capaces de contribuir a la incorporación de nuevas tecnologías en la economía, haciéndose necesario y urgente aumentar el número de personas que acceden a una formación acorde a los grandes desafíos que enfrenta el país.
4. Por otro lado, la globalización e integración económica y social requieren que el país cuente con profesionales y ciudadanos capaces de comunicarse en el idioma inglés de manera adecuada.
5. Para los efectos señalados, el Sistema Bicentenario de Formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero, además de dar un gran salto en el número de becas en el extranjero, busca, por una parte, generar una política integral de formación de capital humano en el extranejero y, por otra, mejorar la articulación, gestión y difusión del actual sistema público de entrega de becas en el extranjero.
6. En mérito de lo anterior se requiere contar con la asesoría altamente calificada de autoridades que, agrupadas en un Comité de Ministros, evalúe y proponga los lineamientos, compromisos y metas, así como un plan de trabajo de corto, mediano y largo plazo en materia de formación de capital humano avanzado en el extranjero.
7. En mérito de lo anterior, he resuelto crear el Comité de Ministros del Sistema Bicentenario de Formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero, el que tendrá por objeto asesorar a la Presidenta de la República a fin de mejorar la articulación, gestión y difusión del actual sistema público de becas al extranjero de postgrado de especialización técnica y/o profesional, y de pedagogía en inglés.
8. Para el cumplimiento de su objetivo corresponderán al Comité de Ministros, en especial las siguientes funciones:
a. Proponer políticas, estrategias, programas e instrumentos que promuevan la formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero, en coherencia con la Estrategia Nacional de Innovación para la Competitividad y la Estrategia País de Formación de Capital Humano, teniendo en consideración al menos los siguientes ámbitos:
i. Adecuada distribución de becas entre grados de postdoctorado, doctorado y magíster, así como de pasantías, formación técnica superior y becas de pedagogía en inglés.
ii. Definición de áreas prioritarias.
iii. Desarrollo nacional y regional.
b. Impulsar la vinculación internacional y negociar acuerdos de cooperación que permitan cumplir los objetivos planteados.
c. Proponer las metas y el presupuesto del Sistema Bicentenario de Formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero.
d. Proponer los criterios necesarios para asegurar la homologación de los beneficios, obligaciones, procesos, criterios de evaluación y seguimiento de los instrumentos implementados por las entidades ejecutoras respecto del Sistema Bicentenario de Formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero.
e. Fijar los lineamientos de las estrategias de comunicación y difusión del Sistema Bicentenario de Formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero.
f. Coordinar y hacer un seguimiento, a través de la Secretaría Ejecutiva, de los resultados obtenidos por parte de las agencias e instituciones que componen el Sistema Bicentenario de Formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero.
9. El Comité de Ministros estará integrado por:
a. El Ministro (a) de Educación, quien lo presidirá:
b. El Ministro (a) de Hacienda, quien presidirá el Comité en ausencia de la Ministra de Educación;
c. El Ministro (a) de Economía, Fomento y Reconstrucción;
d. El Ministro (a) de Relaciones Exteriores, y
e. El Ministro (a) de Planificación
f. El Presidente del Consejo Nacional de Innovación para la Competitividad.
En caso de ausencia o impedimento de algún Ministro (a), será subrogado (a) por su subrogante legal o en su defecto, por un representante nominado para tal efecto.
10. El Comité de Ministros contará con una Secretaría Ejecutiva, cuya misión será actuar como soporte técnico y administrativo para el cumplimiento de los objetivos del Comité. Para ello, corresponderá a la Secretaría Ejecutiva impulsar y coordinar la generación de propuestas a ser presentadas al Comité de Ministros y velar por su adecuada implementación. A su vez, corresponderá a la Secretaría Ejecutiva representar al Comité de Ministros en las instancias o tareas que éste le encomiende.
11. El Comité de Ministros contará para el cumplimiento de sus funciones, con un Comité Técnico, al cual le corresponderá:
a. Apoyar la elaboración de un plan de trabajo que defina objetivos y metas, así como su estrategia y plazos de implementación.
b. Proporcionar los antecedentes e información necesarios para el funcionamiento del Comité de Ministros.
c. Apoyar la elaboración de planes de difusión y comunicación, sobre la base de los lineamientos realizados por el Comité de Ministros, del Sistema Bicentenario de Formación de Capital Humano Avanzado en el Extranjero.
d. Implementar los acuerdos, políticas, estrategias, programas e instrumentos definidos por el Comité de Ministros.
12. El Comité Técnico estará integrado por:
a. Un representante de Ministerio de Relaciones Exteriores;
b. Un representante de la Ministra Presidenta del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes;
c. Un representante del Ministro de Economía;
d. Un representante del Ministro de Hacienda;
e. El Jefe de Programa de Becas de MIDEPLAN;
f. El Jefe de Programa de Capital Humano Avanzado de CONICYT;
g. El Jefe de Programa Técnicos al Extranjero de MINEDUC;
h. El Jefe de Programa Inglés Abre Puertas de MINEDUC;
i. El Jefe de Programa MECESUP de MINEDUC;
Esta instancia será presidida por el Secretario Ejecutivo, designado por el presidente del Comité de Ministros. Corresponderá al Secretario Ejecutivo efectuar la labor de coordinación entre el Comité de Ministros y el Comité Técnico.
13. El Comité de Ministros, a través de su Secretaría Ejecutiva, podrá requerir de los organismos de la Administración del Estado, dentro del ámbito de competencia que corresponda a cada institución, toda la información y antecedentes que considere pertinentes para el desarrollo de su cometido. Por su parte, las autoridades y directivos de dichos órganos prestarán al Comité de Ministros toda la colaboración que éste les solicite dentro del ámbito de sus funciones.
14. El Comité se reunirá a lo menos una vez cada dos meses, en la fecha que al efecto determine su Presidente. Las demás reglas necesarias para su funcionamiento, el de la Secretaría Ejecutiva y el del Comité Técnico serán fijadas por el Comité de Ministros en su sesión constitutiva.
MICHELLE BACHELET JERIA
Presidenta de la República


La formacion de capital Humano avanzado ha sido siempre una preocupación e mi parte, es uno de los pilares fundamentales para el desarrollo de nuestro país. Me interesa estar informado.